CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL ILTMO. AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE AÑO 2023, PARA CLUBES DEPORTIVOS LOCALES, DEPORTISTAS EN GENERAL Y TÉCNICOS Y FORMADORES DEPORTIVOS

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/577222)

1. Bases Reguladoras

Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; [en su caso, en las bases de ejecución del presupuesto], en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; el Reglamento para la Concesión de Subvenciones en materia de Apoyo a los clubes deportivos, deportistas destacados y formación, publicado en el BDNS con el 577222 de fecha 27de Julio de 2021 y con fecha 12 de Noviembre de 2021 y numero de BDNS 544911 de fecha 12 de Noviembre de 2021, fue aprobada la modificación de las referidas bases, que se publicaron en el BOP nº 220 de fecha 18 de Noviembre de 2021. y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

2Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención

La subvención tiene por finalidad:

a) Subvenciones a las Asociaciones Deportivas Locales para el desarrollo de la práctica deportiva en la ciudad, y

b) Ayudas a los deportistas que hayan destacado por su participación y éxitos deportivos, bien individualmente o con algún club en representación del Municipio de Ayamonte, hasta el día de la finalización del plazo de la convocatoria.

c) Subvenciones individuales para la asistencia y participación en cursos oficiales de titulación deportiva o las enseñanzas Deportivas Régimen Especial

3.- Beneficiarios y Requisitos

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:

  1. Para las Asociaciones deportivas será para la colaboración en la organización de actividades y participación en competiciones relacionadas con la actividad física y deportiva y para el funcionamiento general de las Asociaciones Deportivas locales.

  2. Para los deportistas destacados para la participación en campeonatos y competiciones de nivel

  3. Para las acciones formativas la colaboración será para la asistencia y participación en actividades de formación relacionadas con la actividad física y deportiva u otras que se reconozcan su interés educativo y formativo. Igualmente para la participación en acciones de perfeccionamiento en los que los deportistas puedan estar interesados.

    Requisitos para solicitar la subvención:

  4. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los siguientes:

    a) Las Asociaciones Deportivas de la Localidad que estén debidamente constituidas y dadas de Alta en el Registro General de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía. Estas Asociaciones beneficiarias deberán están censadas en esta localidad o al menos tener alguna vinculación directa con la misma, y

    b) Los deportistas con licencia deportiva no profesional emitida por la Federación correspondiente con validez posterior al 1 de enero de 2023 y pertenecer a un club deportivo de la Localidad, que cumpla los requisitos establecidos para estos, o bien poseer licencia como deportista independiente. Igualmente estos deben estar censados y tener su residencia en el Municipio durante, al menos todo el año anterior. Igualmente pueden beneficiarse de estas ayudas otros deportistas locales o residentes en la ciudad que pertenezcan a otros clubes y que reúnan méritos suficientes para ser atendidos en esta línea de subvención.

    c) Los técnicos y profesionales de la Actividad física y el deporte, así como alumnos que estén cursando estudios relacionados con esta disciplina y otras personas interesadas en el tema. Los beneficiarios deberán están censados en esta localidad o al menos tener alguna vinculación directa con la misma, e igualmente deben haber sido admitidos en la acción formativa objeto de la solicitud de ayuda, haber formalizado la inscripción, o bien compromiso de inscribirse en el mismo.

    Para las tres líneas convocadas y con carácter general, los requisitos para obtener la condición de beneficiario y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley.

    Asimismo, se exigirá para obtener la condición de beneficiario el cumplimiento de las condiciones estipuladas en otras subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario, anteriormente, por parte de cualquier Área del Ayuntamiento de Ayamonte.

4. Órgano competente para la tramitación y resolución del procedimiento

El órgano competente para la instrucción del expediente es el Consejo de Gerencia del Patronato Municipal de Deportes, recayendo en la gerencia la tramitación de todo el procedimiento establecido en las bases reguladoras.

 

Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.

5. Plazo de presentación de solicitudes y documentación

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días naturales desde la publicación en la BNDS y del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.